¿Qué Tipos de Empresas e Instituciones Deben Asegurarse Cumplir la Ley N°30102?

Trabajadores de empresas peruanos con enrojecimiento de la piel, ley 30102

La mayoría de los peruanos labora día a día en oficios que se desarrollan en la calle. Desde trabajos formales como: policías, fiscales de tránsito, obreros de construcción, vigilantes y mineros, hasta los más informales (y populares) como vendedores ambulantes, jardineros, taxistas, y pare de contar… Te mostraremos una lista de 6 tipos de empresas más comunes del territorio peruano, que por su tipo de operación, deberían estar asegurándose cumplir la ley N°30102 y proteger a sus colaboradores. Así, podrás enterarte acerca si el rubro de tu empresa es de los indicados para empezar a cumplir la ley desde ya! Veamos de lleno cuáles son.

Empresas de Construcción

Trabajador de construcción mirando hacia un lado con ladrillos y maderas en el fondo. Ley 30102

Este es uno de los tipos de empresa en donde la mayor cantidad de la fuerza laboral tiene que exponerse casi el 90% de su día laboral a la radiación solar y rayos UV. El sector de la construcción emprende una gran cantidad de retos en cuanto a la seguridad de sus trabajadores. siendo uno de los más importantes,el correcto cuidado de la piel de los obreros. Por ello, es muy importante que estos trabajadores cuenten con pocas partes de la piel expuestas a través de la utilización de EPP’s, mangas largas, etc. Es crucial, que además de los equipos materiales de protección solar, se utilice frecuentemente el bloqueador solar, siendo obligación de la propia empresa, brindarle el suministro adecuado de este producto a los trabajadores.

Empresas mineras

Excavadoras en yacimiento minero

Además de la construcción, el sector minero depende operativamente de la presencia de la fuerza laboral en los yacimientos, por lo que presenta uno de los puestos de trabajo con mayor exposición a la radiación solar. Este tipo de trabajadores corren mayores riesgos de recibir quemaduras solares sin el correcto suministro y uso de un bloqueador solar. Este último producto es necesario debido a que, según SENAMHI, los niveles de rayos UV en los principales yacimientos mineros ubicados en la sierra peruana se encuentran entre 9 y 18, considerados como rangos de riesgo muy alto y extremadamente alto.

Empresas agrícolas o agroindustriales

Trabajador agrícola en campo con mirada fija. Ley 30102

El agricultor es uno de los trabajadores más importantes para el movimiento de la economía del país. Sin embargo, así como los puestos ya mostrados, la gran parte de su jornada laboral se encuentran expuestos a los peligros de la radiación solar. Durante el horario de trabajo, es obligatorio que la empresa que administre al personal a cargo de la cosecha, asegure sombreros de ala ancha, prendas de vestir que aseguren la protección solar y más aún, bloqueador solar. Es sobre todo, en las zonas costeras, donde se enfoca el esfuerzo agrícola, que la radiación ultravioleta alcanza valores de 14 a 16. Estos niveles, según SENAMHI, son extremadamente altos.

Empresas de Servicios Generales y Limpieza

Trabajadores de servicios generales colocando cables en un techo ley 30102

Es en este tipo de empresas donde existen casos en los que puede existir mayor o menor exposición. En Perú, es muy común encontrar trabajadores que cumplen muchas funciones a la hora de realizar arreglos en hogares, edificios, instituciones, etc. Por otro lado, aquellos trabajadores de limpieza pública como barrenderos, sin el uso adecuado de bloqueador solar. No obstante, es en muchos casos que al igual que los obreros, cumplen su labor al aire libre dentro de las calles de la ciudad. Por lo general, el tiempo de exposición es menor a comparación de los trabajadores mencionados anteriormente en la lista, sin embargo igualmente es mayor al tiempo recomendado de 2 horas, aún así utilizando bloqueador solar.

Empresas de Seguridad Privada

trabajador de seguridad en una calle con mirada fija. ley 30102

Aquí encontramos a los famosos “huachimanes”, o personal de seguridad de empresas. Este tipo de trabajador, en las ocasiones que tenga que mantener vigilancia fuera de un establecimiento se encuentra ampliamente expuesto a la radiación ultravioleta. Dentro de la ciudad de Lima y las principales ciudades del País, el nivel de radiación UV se mantiene por valores de 14, incrementando aún más en la temporada de verano. Es por ello, que toda empresa que no brinde un bloqueador solar, además de la vestimenta adecuada que asegure proteger al trabajador, estaría infringiendo la ley N°30102.

Empresas de Transporte público y privado

Chofer dentro de la cabina de un bus echándose bloqueador solar en el brazo

Es en el transporte público y privado donde principalmente los choferes, entran en constante contacto con la luz del sol a través de sus cabinas de manejo. Aunque no parezca, gran parte de los choferes durante el verano y en el día a día sufren de quemaduras y bronceados indeseados debido a la dirección de los rayos de luz en ciertas horas del día. Aquellas empresas que incumplen con dar la concientización de los peligros de la radiación solar a choferes, brindar las prendas necesarias de protección y bloqueador solar, estarían infringiendo la normativa de protección solar para trabajadores.

Estos han sido una serie de ejemplos de empresas junto a puestos de trabajo que pasan la gran parte del día corriendo el riesgo de enfermedades a la piel.

Conocemos que así como ellos, existen una mayor cantidad de trabajadores, tanto formales como informales que merecen la democratización de la protección solar.

Por ello, no te saltes la protección solar a tus trabajadores como empleador, y como empleado, exige constantemente tus derechos de protección a la radiación solar.

#ProductosPalmera #LuchemosProtegidos

Referencias

https://www.senamhi.gob.pe/?p=radiacion-uv

https://actualidad.rt.com/actualidad/344285-peru-primer-puesto-radiacion-solar

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